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lunes, 29 de abril de 2019

La Junta Electoral excluye a Puigdemont, Comín y Ponsatí de la lista para las elecciones europeas



La Junta Electoral ha comunicado este lunes a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí que les excluye como candidatos de la lista de Junts per Catalunya al Parlamento Europeo, que en esas elecciones se presenta como Lliures per Europa. Lo hace después de que Ciudadanos y PP interpusiesen un recurso contra su designación como candidatos.

Los tres candidatos ya han recibido el documento firmado por el presidente de la Junta Electoral, Segundo Menéndez, en el que se dice que se les excluye de la lista "por entender que no reúnen la condición de electores". Ese documento no recoge las razones por las que se les impide presentarse y se limita a señalar que les serán expuestas en un acuerdo que recibirán en las próximas horas.

En la reclamación, el PP consideraba que no están en "uso de sus derechos políticos" porque no podrán ejercer el cargo para el que se presentan. Además, y al igual que hace Ciudadanos, ambos partidos, alegan que los tres huidos no son ni "electores", ni "elegibles" por no figurar en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), que es el que les corresponde ahora por residir fuera de España.

Puigdemont, Comín y Ponsatí ocupaban los tres primeros puestos de la lista. Los dos primeros residen en Bélgica desde que abandonaron España el mismo día que la Fiscalía presentó la querella por el 1-O. Ponsatí se marchó en un primer momento a Bruselas pero después se instaló en Escocia. Los tres están reclamados por el Tribunal Supremo para ser juzgados en el caso del procés y pesa sobre ellos una orden de detención en España.

Los tres contestaron al recurso del PP ante la Junta Electoral argumentando que la solicitud de PP y Ciudadanos de expulsarles de las listas carecía "de cualquier fundamento jurídico válido", y les acusaba de moverse no por motivos legales sino por "intereses electoralistas" y por su "odio" al expresident de la Generalitat.

"Teniendo en cuenta que en el día de hoy debe procederse a la proclamación de candidaturas de elecciones al Parlamento Europeo y que la exclusión de esos candidatos implica que se incumpla el requisito de composición equilibrada de mujeres y hombres (...) se le requiere para que proceda a su subsanación antes de las 18 horas del día 29 de abril, a efectos de que pueda procederse a la proclamación de esta candidatura", recoge ese texto.

El texto recoge la posibilidad de, en un plazo de 2 días a partir de la publicación de las candidaturas en el Boletín Oficial del Estado, interponer recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo contra el acuerdo. Fuentes de su entorno confirman a eldiario.es que recurrirán la decisión ante el Tribunal Supremo y llevarán el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si es necesario. No descartan impugnar el resultado de las elecciones europeas que se celebran el próximo 26 de mayo.

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